Cámara de Comercio de Cúcuta

Cúcuta, 06 de Enero de 2009
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SERVICIOS - REGISTRO MERCANTIL

fotos Es el registro que por disposición legal deben efectuar todas las personas naturales, sociedades comerciales y civiles, empresas unipersonales, establecimientos de comercio, sucursales o agencias, sucursales de sociedades extranjeras y empresas asociativas de trabajo, que ejerzan actividades comerciales. ver toda la información del << Registro Mercantil >>

OBJETIVOS


Con el Registro Mercantil se le da publicidad a la condición de comerciante que tienen las personas naturales y jurídicas e igualmente a muchos actos y documentos que por su interés para los terceros deben ser conocidos.

El Registro Mercantil comprende dos aspectos:

1. La matrícula de los comerciantes, sociedades civiles establecimientos de comercio.

2. La inscripción de los actos, libros y documentos respecto de los cuales la ley ha exigido esta formalidad.

Registro de entidades sin ánimo de lucro


En este Registro se inscriben todas las personas juridicas que dentro de su objeto social no contemplan actividades de caracter mercantil.

Quienes deben inscribirse en el Registro Mercantil?


De manera expresa, la ley señala que deben inscribirse en el registro mercantil las personas que ejerzan el comercio profesionalmente y sus auxiliares, tales como comisionistas, corredores y agentes. Las personas naturales deberán inscribirse dentro del mes siguiente a la fecha en que inicien actividades y las personas jurídicas, dentro del mes siguiente a su fecha de constitución.

El Registro Mercantil comprende:  Matricula, Renovación, Inscripción y Certificados
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LA MATRICULA


La matrícula hace pública la calidad de comerciante, en la medida que visualiza al comerciante frente a potenciales clientes que consulten el registro. Contiene información básica sobre los datos personales o empresariales y sobre la situación económica de las empresas legalmente constituidas.
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RENOVACIÓN


Para obtener los beneficios que de la matrícula se derivan y no incurrir en sanciones legales, ésta debe renovarse todos los años dentro de los tres primeros meses y sin importar la fecha en que se haya efectuado.
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INSCRIPCIÓN


Tiene por objeto darle publicidad a los actos que la ley determina y que sólo surte efectos frente a terceras personas, desde el momento de la inscripción. De este modo la ley garantiza que los terceros conozcan aquellos actos realizados por los comerciantes, en los cuales tengan algún interés.
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CERTIFICADOS


La Cámara de Comercio de Cúcuta emite certificados en donde da constancia de la existencia y representación legal de todos los negocios o entidades inscritas en los registros públicos. Igualmente suministra a quien lo solicite, certificados de las personas naturales y jurídicas inscritas en los registros públicos.

Que pasa si no se registra?


Toda persona que desea hacer un negocio con otra, lo primero que exige es el certificado de que la contraparte se encuentre registrada a la Cámara de Comercio. Si no está, hay derecho a dudar de su solidez jurídica y de la seriedad de esa empresa o empresario. Toda empresa, que actúa dentro del mercado legal, se registra ente la Cámara de Comercio. La Ley establece además sanciones para quien no cumple con esta obligación. La Cámara certifica la idoneidad jurídica del empresario registrado.

Eventos

Atención al cliente

Lunes a Viernes de 7:00 a.m.-12:00m y 2:00p.m.- 5:30pm

 

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