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Registro de entidades extranjeras de derecho privado sin ánimo de lucro
Este registro corresponde a las personas jurídicas extranjeras de derecho privado y a las Organizaciones No Gubernamentales (ONG) extranjeras sin ánimo de lucro, con domicilio en el exterior, que establezcan negocios permanentes o deseen desarrollar su objeto social en Colombia, en el cual deberán registrar la designación de apoderados con capacidad de representarlas judicialmente.
La CCC realizó la inscripción y certificación de las personas jurídicas extranjeras de derecho privado y de las Organizaciones No Gubernamentales (ONG) extranjeras sin ánimo de lucro, con domicilio en el exterior, que fueron remitidas por el Ministerio del Interior, debido a la competencia que les asignó el Decreto 019 de 2012 y que reglamentó la Superintendencia de Industria y Comercio mediante las circulares 008 y 012 de 2012.
Las cámaras de comercio solo pueden realizar los siguientes trámites relacionados con estas ONG)
La CCC realizó la inscripción y certificación de las personas jurídicas extranjeras de derecho privado y de las Organizaciones No Gubernamentales (ONG) extranjeras sin ánimo de lucro, con domicilio en el exterior, que fueron remitidas por el Ministerio del Interior, debido a la competencia que les asignó el Decreto 019 de 2012 y que reglamentó la Superintendencia de Industria y Comercio mediante las circulares 008 y 012 de 2012.
Las cámaras de comercio solo pueden realizar los siguientes trámites relacionados con estas ONG)
- Inscripción del certificado.
- Designación de los apoderados con facultades para representar judicialmente a una entidad sin ánimo de lucro extranjera u ONG que establezcan negocios permanentes en Colombia (a través de escritura pública protocolizada).
- Cancelación o revocatoria de la designación de los apoderados con facultades para representar judicialmente a la entidad sin ánimo de lucro extranjera y ONG que establezcan negocios en Colombia (a través de escritura pública protocolizada).
- Modificación de las facultades otorgadas a los apoderados (a través de escritura pública protocolizada).
- Modificación del domicilio principal donde se establezcan los negocios en Colombia (a través de escritura pública protocolizada).
- Los demás actos respecto de los cuales la ley exija su inscripción.