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Hoy vence el plazo para la renovación de la matrícula mercantil
La Cámara de Comercio de Cúcuta informa a los comerciantes inscritos en su jurisdicción que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 33 del Código de Comercio es deber de todo comerciante, renovar anualmente su matrícula mercantil.
El incumplimiento de dicha obligación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 30 de la Ley 1727 de 2014 y el numeral 2 del artículo 10 del Decreto 4886 de 2011, acarrea sanciones para el comerciante hasta de diecisiete (17) salarios mínimos mensuales legales vigentes, que impone la Superintendencia de Industria y Comercio.
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El incumplimiento de dicha obligación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 30 de la Ley 1727 de 2014 y el numeral 2 del artículo 10 del Decreto 4886 de 2011, acarrea sanciones para el comerciante hasta de diecisiete (17) salarios mínimos mensuales legales vigentes, que impone la Superintendencia de Industria y Comercio.
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Ahora usted puede obtener su turno para realizar sus pagos en la Cámara de Comercio de Cúcuta sin necesidad de hacer fila, mediante la aplicación #Filapp encuentre nuestro logo y haga todo más fácil.
Evite largas y aburridas filas.
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